El Programa de Pago por Servicios Ambientales tiene su fundamento legal en distintas normativas que rigen el país, por ejemplo la Ley Forestal N. 7575 define Servicio Ambiental “los que brindan el bosque y las plantaciones forestales y que inciden directamente en la protección y el mejoramiento del medio ambiente. Son los siguientes mitigación de emisiones de gases efecto invernadero (fijación, reducción, secuestro, almacenamiento y absorción), protección del agua para uso urbano, rural o hidroeléctrico, protección de la biodiversidad para conservarla y uso sostenible, científico y farmacéutico, investigación y mejoramiento genético, protección de ecosistemas, formas de vida y belleza escénica natural para fines turísticos y científicos” (Gaceta N. 151 del 09 de agosto de 1996).
El Decreto Ejecutivo N. 30762 – MINAE, en su artículo N.3 establece que “La Administración Forestal del Estado (AFE), a través del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) y del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal (FONAFIFO). En lo relativo al fomento del sector forestal y específicamente en cuanto al pago por servicios ambientales en cualquiera de sus modalidades (Protección de Bosque, Plantaciones Forestales y Sistemas Agroforestales). Ambas instituciones podrán realizar acciones conjuntas con el fin de cumplir los objetivos emanados de la legislación forestal”. (Gaceta N. 194 del 09 de octubre del 2002).
Los reglamentos y procedimientos para ejecutar y acceder al pago por servicios ambientales, serán emitidos por FONAFIFO, bajo los lineamentos debidamente establecidos. El FONAFIFO a través de sus oficinas regionales o centrales será el ente responsable de recibir solicitudes, control y seguimiento de los proyectos aprobados, emitir los respectivos desembolsos, control y seguimiento, entre otros.
El SINAC, a través de las Áreas de Conservación podrá ejecutar el seguimiento y control del programa según la Estrategia de Fomento y Seguimiento Al Pago de Servicios Ambientales. La Gerencia de Manejo de Recursos Naturales es el área estratégica responsable de su ejecución.
Los usuarios en general podrán consultar en la Dirección Regional del Área de Conservación La Amistad Pacífico (ACLA-P), o en las oficinas subregionales del Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) / ACLA-P de Pérez Zeledón, Buenos Aires y Coto Brus, cualquier asunto relacionado con información sobre, acceso, modalidades, montos y procedimientos al Programa de Pago por Servicios Ambientales (PSA), a demás en estas dependencias podrá solicitar los formularios de presolicitud para las diferentes modalidades de PSA y continuar su trámite en la oficina regional del FONAFIFO según corresponda.
Persona contacto en la Dirección Regional del SINAC/ACLA-P, San Isidro de El General, Licda. Ingrid Campos Leiva, email: ingrid.campos@sinac.go.cr, Teléfono 2771-31-55, extensión N. 112



